MODIFICAR LA BASE DE COTIZACIÓN del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

Distinguidos señores,

Les comunicamos que, ANTES del 1 de NOVIEMBRE, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018.

Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, con el límite del tope máximo aplicable, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.

Aprovechamos para avanzarles, que la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, en fase de tramitación en el Senado, tiene previsto aumentar de 2 a 4 el número de veces al año que los autónomos podrán cambiar de base de cotización. Pero esta medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2018.

También les informamos que pueden optar por la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de la protección por cese de actividad antes del 1 de octubre.

Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, y/o optar por las citadas coberturas, les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

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