Subvenciones para la promoción de la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación empresarial

El objetivo de esta nueva Orden es contribuir al desarrollo industrial y a la creación de empleo en Andalucía, mediante la mejora de la competitividad de las empresas o fomentando la creación o el crecimiento de empresas generadoras de empleo. De igual forma, tiene como objetivo el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y la incorporación de servicios avanzados para la gestión empresarial, la dinamización empresarial y la cooperación.

La transformación digital de la pyme es otro de los objetivos de esta nueva Orden, apoyando proyectos en las pymes orientados a la incorporación de soluciones tecnológicas y a la adopción de servicios y aplicaciones TIC que puedan ejercer de palanca para un mayor desarrollo del negocio electrónico, contribuyendo al incremento de la productividad en su actividad económica y su competitividad.

Plazo de solicitud: 17/07/2017 - 31/12/2018

En el marco de esta Orden, se financian actuaciones dentro de alguna de las siguientes líneas:

Creación de actividad económica:

  • Proyectos de Emprendedores: 

Proyectos promovidos por emprendedores que contemplen una inversión superior a 10.000 euros

A este tipo de proyectos podrán concurrir empresas en constitución o aquellas constituidas e inscritas en el registro de empresas correspondiente, con una antigüedad no superior a dos años y que no hayan facturado más de 50.000 euros acumuladamente en los últimos doce meses anteriores a la fecha de la solicitud. 

La inversión podrá llevarse a cabo en un nuevo establecimiento que se cree con el proyecto presentado o en un establecimiento preexistente.

Este tipo de proyectos quedan sometidos al régimen de minimis.

  • Proyectos de pequeñas empresas: 

Nuevos proyectos empresariales promovidos por pequeñas empresas que contemplen una inversión superior a 30.000 euros, siendo pequeñas empresas que se encuentren debidamente registradas, que tengan una antigüedad no superior a cinco años antes de la fecha de presentación de la solicitud, no cotizadas, que aún no hayan distribuido beneficios y que no surjan de una operación de concentración.

La inversión podrá llevarse a cabo en un nuevo establecimiento que se cree con el proyecto presentado o en un establecimiento preexistente.

Adicionalmente se incluyen también en este apartado proyectos de pequeñas empresas que, aún no cumpliendo los requisitos del apartado anterior, establecidos en el artículo 8 del Decreto 115/2014 impliquen la creación de un nuevo establecimiento empresarial con una inversión inicial superior a 30.000 euros, acogiéndose al Decreto 114/2014 de 22 de julio.

  • Proyectos de medianas empresas:

Proyectos promovidos por medianas empresas que conlleven la creación de un nuevo establecimiento empresarial, con una inversión inicial superior a 50.000 euros y que generen al menos una unidad ETC de empleo indefinido.

Mejora de la competitividad de empresas:

  • Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad en PYMEs: principalmente en bienes de equipo y que supongan una inversión inicial superior a 30.000 euros, orientados a la mejora de la competitividad y que generen empleo indefinido o contribuyan a su mantenimiento.
  • Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad en grandes empresas industriales: deben suponer una inversión inicial superior a un millón de euros y que generen al menos cinco empleos indefinidos.

Generación de empleo:

  • Proyectos altamente generadores de empleo: Proyectos de creación de actividad económica o de mejora de la competitividad de empresas promovidos por pymes con una alta creación de empleo indefinido. Estos proyectos deberán generar al menos un empleo indefinido por cada 20.000 euros de inversión inicial, con un mínimo de 40.000 euros. A partir de los primeros 100.000 euros de inversión inicial el proyecto tendrá que generar al menos un empleo indefinido por cada 100.000 euros adicionales.

Servicios avanzados:

  • Proyectos de incorporación de servicios avanzados para la gestión empresarial: para pymes que incorporen servicios avanzados para la mejora en la competitividad y la gestión empresarial con un mínimo de 6.000 euros de presupuesto presentado. Pertenecen a este tipo de proyectos los siguientes servicios avanzados: Servicios para el apoyo a la gestión empresarial; Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes estratégicos, Servicios de diseño, Servicios de certificación de sistemas de gestión, Sistemas de gestión combinados de calidad, medio ambiente y/o prevención de riesgos laborales, entre otros.

En este tipo de proyectos no serán subvencionables los proyectos que incorporen la implantación de herramientas/soluciones software, así como la adquisición de hardware.

  • Iniciativas de dinamización empresarial: proyectos contratados por una asociación de carácter empresarial o una fundación en cuyos fines se encuentre el fomento de la actividad empresarial, consistentes en la provisión de servicios avanzados a pymes para la realización de actividades relacionadas con la innovación y la competitividad. Los servicios avanzados prestados se realizarán en el marco de un plan de actuaciones y habrán de tener como destinatarios al menos cinco pymes del ámbito de actividad de dicha asociación o fundación y un presupuesto mínimo de 10.000 euros.
  • Soporte técnico para la realización de proyectos de cooperación empresarial en Andalucía: proyectos contratados por pymes o por Asociaciones Empresariales o Fundaciones en cuyos fines se encuentre el fomento de la actividad empresarial, consistentes en la provisión de servicios avanzados que faciliten la realización futura de proyectos de cooperación empresarial, con un mínimo de 6.000 euros de presupuesto presentado. Pertenecen a este tipo de proyectos los siguientes servicios avanzados: Servicios para las fases previas de proyectos de cooperación empresarial en Andalucía, Servicios para favorecer alianzas y procesos de fusión de empresas en Andalucía.

Transformación digital de las pymes:

  • Proyectos de servicios avanzados para la transformación digital de las pymes: 

Proyectos contratados por pymes para la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación, que contribuyan a mejorar su competitividad y productividad.

Estos proyectos podrán incluir, siempre que fuera necesario, servicios previos de consultoría para el análisis, diagnóstico y definición de una estrategia para su implementación, con el objetivo de dar a conocer a la empresa las mejores soluciones TIC para las necesidades identificadas, así como la mejor forma de incorporarlas de forma efectiva.

El presupuesto mínimo de los proyectos a presentar en esta categoría sería de 6.000 €.

Los proyectos tendrán una subvención del 50% sobre los costes elegibles y serán otorgadas bajo el régimen de minimis.

La intensidad máxima de la ayuda será de 75.000 €.

En estos proyectos se contemplarán como costes elegibles: la consultoría para el análisis de procesos y definición de las estrategias, la consultoría de implantación (adaptación de las herramientas a las necesidades de la pyme) y de capacitación del personal asociada a la implantación, la migración o carga de los datos significativos para que sea operativa, al menos en las funcionalidades básicas, el hardware y los costes de licencias informáticas de las herramientas o soluciones software necesarias.

 

Dossier Informativo del Programa de Incentivos para el Desarrollo Industrial, la Mejora de la Competitividad, la Transformación Digital y la Creación de Empleo.